Cada vez más parejas de mujeres deciden someterse al Método ROPA para ser madres. Una variante de Fecundación In Vitro que ofrece a estas parejas formadas por dos mujeres la posibilidad de disfrutar de una maternidad compartida para que el hijo sea de ambas. Y es que las dos participan de manera activa en el desarrollo uterino y en el nacimiento del futuro bebé. Una es la madre biológica y otra la madre gestante. Es decir, la genética la aporta una de las mujeres y la otra es la que queda embarazada.
Primero se extraen los óvulos de una de las dos mujeres y se fecundan en el laboratorio con el semen de un donante. Posteriormente, el embrión es implantado en el útero de la madre que llevará al bebé en su vientre durante los nueve meses que dure el embarazo. Gracias a ello, se consigue una doble maternidad, ya que el bebé es fruto de los óvulos de una de sus madres y ha sido gestado por la otra.
Aunque la decisión final de quién jugará cada papel es una decisión que debe tomar la propia pareja, es fundamental que se dejen asesorar por los especialistas, ya que es el que podrá valorar cuáles son las mayores opciones de éxito. Siempre es aconsejable que la madre biológica o genética sea la mujer más joven de la pareja, ya que la calidad de los óvulos y la reserva ovárica dependen mucho de la edad de la mujer que los aporta. No obstante, también hay que tener muy en cuenta las características uterinas de la receptora.
Aspectos legales del Método ROPA
El método ROPA es completamente legal en España, pero solamente pueden optar a él aquellas parejas que estén casadas o que sean pareja de hecho. Un requisito que queda recogido en la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, donde se especifica que los gametos de una persona únicamente pueden ser usados por ella o por su cónyuge. De ahí que sea necesario el matrimonio legal.
Con lo cual, si te decantas por este método, es imprescindible presentar el certificado de matrimonio. Además, este certificado facilita que posteriormente el bebé pueda inscribirse en el Registro Civil como hijo de dos madres. Esto quiere decir que el hijo que nazca, a efectos legales constará como hijo biológico de las dos madres. Eso sí, a diferencia de métodos como la inseminación artificial o la Fecundación In Vitro, el método ROPA, hasta el momento, no está cubierto por la Seguridad Social.
En el caso de que no exista matrimonio o pareja de hecho, hay dos opciones diferentes: la Fecundación In Vitro y la inseminación artificial. La cuestión es que la maternidad ya no sería compartida, sino que la fecundación se llevaría a cabo con el óvulo de la propia mujer en la que se implantaría el embrión.