La Seguridad Social cubre la inseminación artificial y la fecundación in vitro (FIV) si la mujer tiene menos de 40 años al empezar el estudio, el hombre menos de 55 y no hay un hijo previo sano. Financia hasta 4 inseminaciones con semen de la pareja, 6 con semen de donante y 3 ciclos de FIV. Varias comunidades han ampliado la edad hasta los 42 o los 45 años, y ninguna publica la lista de espera.

Puntos clave
- Las reglas comunes para toda España están en el anexo III del Real Decreto 1030/2006, tal como lo modificó la Orden SSI/2065/2014. Son estas: mujer de 18 a 39 años y hombre de 18 a 54, ambos en el momento de iniciar el estudio, y sin ningún hijo previo sano.
- Desde noviembre de 2021 también tienen derecho las mujeres sin pareja, las parejas de mujeres y las personas trans con capacidad de gestar (Orden SND/1215/2021).
- Número máximo de ciclos: 4 inseminaciones con semen de la pareja (mujer menor de 38 años), 6 con semen de donante y 3 ciclos de FIV.
- Cada comunidad puede mejorar esas condiciones. Madrid admite mujeres menores de 45 años y un hijo previo sano, Castilla y León llega hasta los 42 años (60 para el hombre) y Galicia sube la edad por fases.
- Ninguna consejería publica cifras actualizadas de espera para reproducción asistida. Pregunta en tu unidad de referencia en qué punto está tu caso.
¿Qué tratamientos de fertilidad cubre la Seguridad Social?
La cartera común del Sistema Nacional de Salud (SNS) incluye el estudio de la esterilidad y las técnicas de reproducción asistida con fin terapéutico o preventivo. Esas técnicas son la inseminación artificial con semen de la pareja o de donante, la FIV o ICSI con gametos propios o donados, la transferencia de embriones congelados y la preservación de gametos cuando un tratamiento médico pone en riesgo la fertilidad. Lo regula el Real Decreto 1030/2006, anexo III, apartado 5.3.8.
La cartera común es un mínimo que todas las comunidades deben garantizar. Cada servicio de salud puede ampliarlo con su cartera complementaria (más edad, más ciclos o aceptar un segundo hijo), y por eso los requisitos reales dependen de dónde tengas la tarjeta sanitaria. Lo que la pública no cubre son los tratamientos sin indicación médica, como congelar óvulos por motivos sociales, y los casos que se salen de los criterios de edad o de número de ciclos. Esos casos se tratan en una clínica privada; en nuestra guía de clínicas de fecundación in vitro puedes comparar centros de tu provincia.
¿Cuáles son los requisitos para hacerse una FIV por la Seguridad Social?
Para hacerse una FIV por la Seguridad Social hay que cumplir unos criterios generales y otros específicos de cada técnica. Todos los fija la Orden SSI/2065/2014. Los generales son estos:
- Edad: mujer mayor de 18 y menor de 40 años, y hombre mayor de 18 y menor de 55, en el momento de iniciar el estudio.
- Hijos: no tener ningún hijo previo y sano. En pareja, que no tengan un hijo común previo y sano.
- Diagnóstico o indicación: un trastorno de la reproducción diagnosticado (o la ineficacia de otro tratamiento), o bien la ausencia de pareja masculina en el caso de mujeres solas, parejas de mujeres o personas trans con capacidad de gestar.
- Sin esterilización voluntaria previa: ligadura de trompas o vasectomía.
- Sin contraindicación médica para el tratamiento o el embarazo.
La Orden SND/1215/2021, publicada en el BOE el 9 de noviembre de 2021, amplió el acceso a mujeres sin pareja, mujeres lesbianas y personas trans que conservan la capacidad de gestar. También reguló la preservación de gametos por motivos médicos, que no exige la edad mínima de 18 años, y limitó la transferencia de gametos o embriones congelados a mujeres menores de 50 años.
¿Cuántas inseminaciones y FIV cubre la Seguridad Social?
La Seguridad Social cubre como máximo 4 ciclos de inseminación con semen de la pareja, 6 de inseminación con semen de donante y 3 ciclos de FIV con estimulación ovárica, tanto con gametos propios como con ovocitos donados. La norma permite reducir ese número si el pronóstico es desfavorable, así que tu unidad puede indicarte menos intentos.

| Técnica | Edad de la mujer | Ciclos máximos | Situaciones habituales (orientativo) |
|---|---|---|---|
| Inseminación con semen de la pareja | Menor de 38 años | 4 | Esterilidad de causa desconocida, factor masculino leve, problemas de ovulación. |
| Inseminación con semen de donante | Menor de 40 años | 6 | Mujeres sin pareja masculina o factor masculino grave. |
| FIV / ICSI con gametos propios | Menor de 40 años | 3 con estimulación ovárica | Factor tubárico, endometriosis, factor masculino importante, fallo de las inseminaciones. |
| FIV con ovocitos donados | Menor de 40 años | 3 recepciones de ovocitos | Fallo ovárico, mala respuesta, enfermedad genética transmisible. |
| Transferencia de embriones congelados | Menor de 50 años | Los embriones sobrantes del ciclo | Embriones congelados de un ciclo previo. |
Dos novedades recientes afectan a esta tabla. La Orden SND/606/2024 actualizó el diagnóstico genético preimplantacional sin tocar la edad ni los ciclos. La Orden SND/356/2026, publicada en el BOE el 20 de abril de 2026, eliminó el tope especial de 36 años para la FIV con ovocitos donados en caso de fallo ovárico prematuro. Desde entonces se aplica el mismo límite general: tener menos de 40 años.
¿Qué cambia según la comunidad autónoma?
Las comunidades autónomas deciden cómo se organiza el acceso y pueden ampliar la edad, los ciclos o aceptar un segundo hijo. Esta tabla recoge lo que publican las fuentes oficiales que hemos podido consultar el 4 de noviembre de 2026. Si tu comunidad no aparece es porque su servicio de salud no publica criterios propios en su web; en ese caso se aplica la cartera común.
| Comunidad | Lo que cambia respecto a la cartera común | Fuente oficial |
|---|---|---|
| Madrid | Mujer mayor de 18 y menor de 45 años, y hombre menor de 55. Se admite un hijo previo vivo y sano. Se pide 12 meses sin embarazo (6 si la mujer tiene más de 38). La paciente elige hospital. | Comunidad de Madrid (actualizada el 21/11/2025) |
| Andalucía | Cartera común (mujer menor de 40 años y sin hijo previo sano). Además pide un IMC entre 19 y 30 y no consumir tóxicos. Recomienda 3 inseminaciones con semen de la pareja si la mujer tiene menos de 35 años y 2 a partir de los 35. | Junta de Andalucía y la Guía RHA del SAS (2024) |
| Cataluña | 40 años para la mujer y 55 para el hombre. Sin hijo previo sano. Se accede a través de la unidad ASSIR de atención a la salud sexual y reproductiva. | Canal Salut |
| Comunitat Valenciana | Mujer menor de 40 años, sin hijo común sano. Para la FIV con óvulos propios exige una reserva ovárica mínima (AMH superior a 0,3 ng/ml y más de 6 folículos antrales). | Protocolo de la Conselleria de Sanidad (2025) |
| Galicia | La edad límite sube por fases y el plan prevé llegar a 45 años en diciembre de 2028. Las mujeres de 41 años pueden hacer una FIV con óvulos propios, con análisis cromosómico de los embriones (PGT-A). A partir de los 42 ya no se indican ciclos con óvulos propios. El plan también contempla un segundo hijo. | Plan gallego de RHA 2024-2028 y anexo II de la guía del Sergas |
| Castilla y León | Desde finales de 2023, hasta 42 años para la mujer y 60 para el hombre, y también para personas con hijos previos sanos. La FIV se hace en el Clínico Universitario y el Río Hortega de Valladolid. | Sacyl |
| Asturias | Hasta 42 años para mujeres con buena reserva ovárica (antes, 40). | Gobierno del Principado (11/03/2024) |
Los criterios cambian a menudo y, a veces, la nota de prensa llega antes que la web. Antes de dar por hecho que no cumples un requisito, pregunta en tu centro de salud o a tu ginecólogo cuál es el criterio vigente en tu comunidad.
¿Cuánto es la lista de espera para la FIV o la inseminación por la Seguridad Social?
No hay una cifra oficial y actualizada de la lista de espera de reproducción asistida en ninguna comunidad. Los registros públicos de listas de espera, como el de la Comunidad de Madrid, recogen cirugías y consultas, pero no estos tratamientos. Las cifras de meses que circulan por foros o webs privadas no se pueden comprobar.
Lo único oficial son algunos datos puntuales y algunos objetivos:
- Asturias: el Gobierno del Principado informó en marzo de 2024 de que la espera de la unidad del HUCA había bajado de 17 meses a menos de seis.
- Comunitat Valenciana: su protocolo fija como plazo de referencia llegar a la unidad de reproducción en menos de 6 meses desde la derivación. Es un objetivo, no una medición.
- Galicia: el plan 2024-2028 se marca como objetivo que la primera consulta en la unidad sea en menos de 60 días.
Ten en cuenta que la espera tiene varios tramos: la derivación desde Atención Primaria, el estudio de fertilidad (analíticas, ecografía, seminograma, histerosalpingografía) y la espera hasta el primer ciclo. Pide en tu unidad la fecha prevista de cada fase y pregunta qué ocurre si cumples el límite de edad mientras esperas. En la mayoría de los servicios cuenta la edad al iniciar el estudio, pero confírmalo por escrito.
¿Cómo se pide la reproducción asistida en la sanidad pública, paso a paso?
- Consulta con tu médico de familia o tu ginecólogo. Si lleváis unos 12 meses buscando el embarazo sin conseguirlo, pide la derivación. Si tienes más edad o una causa conocida, puede pedirse antes: en Madrid, por ejemplo, bastan 6 meses si la mujer tiene más de 38 años. Las mujeres sin pareja masculina no necesitan acreditar ese tiempo.
- Estudio básico de fertilidad. Incluye analítica hormonal, ecografía y estudio de las trompas en la mujer, y seminograma en el hombre si hay pareja masculina.
- Derivación a la unidad de reproducción de referencia. Allí indican la técnica (inseminación o FIV) y te incluyen en su lista.
- Tratamiento. Durante la estimulación hay controles ecográficos y, en la FIV, punción y transferencia. Si llegas a esa fase, te será útil nuestra guía sobre qué hacer después de la transferencia.

¿Qué puedes hacer mientras esperas?
- Pide copia de todas tus pruebas. Si al final acudes a una clínica privada, te evitará repetir análisis.
- Cuida lo que depende de ti: dejar de fumar, reducir el alcohol y acercarte a un peso saludable. Algunas comunidades, como Andalucía, piden un IMC entre 19 y 30 para empezar.
- Toma ácido fólico si buscas embarazo, según te indique tu médico.
- Anota tus fechas: derivación, primera consulta y edad al iniciar el estudio. Te servirán si hay retrasos o reclamaciones.
- No dejes pasar los cumpleaños clave. Si estás cerca de los 38 (inseminación con semen de la pareja) o de los 40, dilo en cada consulta.
¿Cuándo compensa valorar una clínica privada?
La clínica privada tiene sentido cuando no cumples los criterios de la pública o cuando el tiempo juega en tu contra. Suele ser así en estos casos: tienes más edad de la que admite tu comunidad, ya tienes un hijo y tu comunidad no admite el segundo, has agotado los ciclos públicos, tu reserva ovárica está bajando o necesitas una técnica que no cubre la cartera (por ejemplo, congelar óvulos sin indicación médica).
No es una decisión de «una u otra». Muchas personas hacen el estudio en la pública y deciden después. Si estás valorando la privada, compara los presupuestos publicados en nuestra página de precios de la fecundación in vitro y revisa qué incluye cada uno (medicación, congelación de embriones, transferencias). En nuestro estudio de precios de la reproducción asistida en España tienes la mediana de la FIV, la ovodonación, la congelación de óvulos y la inseminación por comunidad.
¿No cumples los requisitos o no puedes esperar?
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Preguntas frecuentes
¿Hasta qué edad cubre la Seguridad Social la FIV?
Según la cartera común, la mujer debe tener menos de 40 años al iniciar el estudio. Para la inseminación con semen de la pareja, menos de 38. Algunas comunidades han subido la edad: Madrid admite mujeres menores de 45 años, Castilla y León y Asturias han ampliado el límite hasta los 42, y Galicia la amplía por fases hasta 2028. Consulta el criterio vigente en tu servicio de salud.
¿Puedo hacerme una FIV por la Seguridad Social si ya tengo un hijo?
La cartera común exige no tener ningún hijo previo y sano (en pareja, ningún hijo común). Algunas comunidades sí aceptan un segundo hijo, como Madrid, Castilla y León y Galicia. Si tu hijo tiene una enfermedad o discapacidad, o si los hijos son de una relación anterior y no comunes, la situación cambia: pregúntalo en tu unidad.
¿Una mujer sin pareja puede hacerse una inseminación por la Seguridad Social?
Sí. Desde la Orden SND/1215/2021, las mujeres sin pareja, las parejas de mujeres y las personas trans con capacidad de gestar tienen acceso a la reproducción asistida pública, con semen de donante. Se aplican los mismos límites de edad y de ciclos. No hace falta acreditar 12 meses de búsqueda de embarazo.
¿La ovodonación entra por la Seguridad Social?
Sí, la FIV con ovocitos donados forma parte de la cartera común cuando hay una indicación médica, como el fallo ovárico, la mala respuesta a la estimulación o una enfermedad genética. La mujer debe tener menos de 40 años y se cubren hasta 3 ciclos. Desde abril de 2026 ya no existe el límite especial de 36 años en el fallo ovárico prematuro.
¿Cuenta la edad al apuntarte o al empezar el tratamiento?
La norma estatal habla de la edad «en el momento del inicio del estudio», no del tratamiento. Por eso conviene pedir la derivación cuanto antes. Aun así, cada comunidad puede concretar el momento exacto y la indicación final depende del pronóstico, así que pide a tu unidad que te lo confirme.
¿Cuánto se tarda en empezar una FIV por la Seguridad Social?
No hay un dato oficial común. Ninguna comunidad publica la lista de espera de reproducción asistida. Asturias informó en 2024 de que su espera había bajado a menos de seis meses, y la Comunitat Valenciana y Galicia tienen plazos objetivo para la primera consulta. Pide en tu unidad la previsión de tu caso.
Fuentes
- BOE. Real Decreto 1030/2006, cartera de servicios comunes del SNS (texto consolidado)
- BOE. Orden SSI/2065/2014, que modifica los anexos del RD 1030/2006 (criterios de reproducción asistida)
- BOE. Orden SND/1215/2021 (acceso de mujeres sin pareja, mujeres lesbianas y personas trans; preservación de gametos)
- BOE. Orden SND/606/2024 (actualización de la cartera de reproducción asistida)
- BOE. Orden SND/356/2026 (FIV con ovocitos donados por fallo ovárico prematuro)
- Comunidad de Madrid. Reproducción asistida
- Junta de Andalucía. Reproducción asistida
- Canal Salut (Generalitat de Catalunya). Reproducció assistida
- Conselleria de Sanidad (GVA). Protocolo de atención a la disfunción reproductiva
- Sergas. Plan gallego de reproducción humana asistida 2024-2028
- Sacyl. Reproducción humana asistida
- Gobierno del Principado de Asturias. La lista de espera de reproducción asistida del HUCA se reduce a menos de seis meses (2024)
